• marzo 18, 2021

CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE AMPARO Y REVOCA INJUSTA PRISIÓN PREVENTIVA DE JOVEN PROFESOR USUARIO MEDICINAL DE CANNABIS

CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE AMPARO Y REVOCA INJUSTA PRISIÓN PREVENTIVA DE JOVEN PROFESOR USUARIO MEDICINAL DE CANNABIS

CORTE SUPREMA ACOGE RECURSO DE AMPARO Y REVOCA INJUSTA PRISIÓN PREVENTIVA DE JOVEN PROFESOR USUARIO MEDICINAL DE CANNABIS 1024 576 Fundación Daya

Jueves 18 de marzo 2021.- La Defensoría Penal Pública (DPP) logra la libertad del docente talquino que permanecía en prisión preventiva desde el 2 de marzo acusado de microtráfico y cultivo de cannabis. El máximo tribunal revocó la medida cautelar de prisión preventiva para el profesor acusado, acogiendo los argumentos de la defensa, en el sentido de que no existen pruebas de tráfico y aceptando los fines médicos, debidamente acreditados, es decir, haciéndose cargo del fondo de este caso. El psicólogo y profesor quedó con la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno.

En un escenario de duro recrudecimiento de la persecución de los usuarios personales de cannabis, incluyendo a los usuarios medicinales, el acucioso trabajo de la Defensoría Penal Pública logró, mediante este amparo presentado en la Segunda Sala de la Corte Suprema, terminar con la pesadilla de este psicólogo y profesor de la Séptima Región, y, por cierto, de su familia.

En un alegato informado y contundente, el Jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, Claudio Fierro, logró establecer sin lugar a dudas, lo improcedente de la medida cautelar, la que iría en contra de la extensa jurisprudencia en la materia generada por este mismo tribunal.

“Nosotros como familia solo tenemos palabras para agradecer a Fundación Daya, representada por Ana María Gazmuri, que siempre estuvo presente, en contacto con nosotros, apoyándonos. También al abogado Claudio Fierro que hizo los alegatos en la Corte Suprema, es realmente una persona que sabe mucho, muy capacitado. Lo importante de este fallo, que fue unánime, es que sirva para descriminalizar efectivamente el uso del cannabis de las personas que lo requieren, como medicina o recreacional. Estamos agradecidos de todas las personas que nos apoyaron. Estamos felices con el resultado, fueron días de mucha angustia e incertidumbre, ahora sólo felicidad y alegría”, dice J.H. el padre del paciente.

Quince días detenido estuvo el joven en la Cárcel de Talca, quien sufre de glaucoma y dolor lumbar crónico. Buscando mejorar su calidad de vida, llegó al cannabis medicinal para tratar sus dolencias. Por recomendación de un amigo cercano visitó la sede de Fundación Daya en Linares, a unos 40 minutos de su casa en Talca. Era su primera aproximación al cannabis, nunca la había probado hasta que vio una posibilidad de mejorar su calidad de vida con este tratamiento y se decidió a cultivar.

Tres plantas en el patio de su casa llamaron la atención de uno de sus vecinos quien lo denunció a la Policía de Investigaciones (PDI). El lunes primero de marzo llegaron efectivos de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado de Talca a su casa sin una orden judicial, el paciente hizo lo correcto y no los dejó entrar pero por teléfono consiguieron una orden del fiscal del turno para ingresar y registrar el domicilio. Arrancaron las plantas y lo llevaron detenido. Sin importarles que contaba con receta al día y sus antecedentes médicos a la vista.

El Ministerio Público, liderado por la Fiscal Viviana Rojas, lo acusó de microtráfico y cultivo ilegal de cannabis, a pesar de no existir más antecedentes que la mera tenencia de plantas. El juez Héctor Castro, del Juzgado de Garantía de Talca, insólitamente, decidió dejarlo en prisión preventiva. Su defensa presentó un Recurso de Amparo en la Corte de Apelaciones de esa ciudad, el cual fue rechazado.

“Sebastián llegó sin saber nada de cannabis, este era su primer cultivo. No estaba haciendo nada ilegal y fue vulnerado violentamente por los policías, lo trataron como un delincuente, le dieron vuelta la casa, tengo rabia e impotencia por esta injusticia”, dice la encargada de Fundación Daya en Linares, Verónica Valdes. En seis años de trabajo en la zona sólo tres pacientes habían sido vulnerados en sus derechos y sufrido allanamientos, pero nunca ninguno fue detenido ni menos puesto en prisión preventiva.

Es importante recordar que el máximo tribunal ha dejado claro en casos anteriores que cultivar cannabis para uso personal es lícito en Chile. Incluso su anterior vocero, el ex ministro Lamberto Cisternas expuso en el Parlamento en tres ocasiones para defender este principio.

Aquí el fallo completo:

“Que de la revisión de los antecedentes, aparece de manifiesto que el amparado sufre de diversas patologías crónicas que, según dan cuenta los certificados médicos acompañados a los autos, no han respondido a los tratamientos tradicionales paliativos del dolor, recetándosele ungüentos derivado de la cannabis para tal efecto.

En el mismo sentido, consta del mérito de autos que no existen elementos probatorios relativos a la comercialización de las sustancias que le fueron incautadas al recurrente”

“Que no obstante lo anteriormente expuesto, la sentencia recurrida no se hace cargo de las alegaciones efectuadas por la defensa del amparado en tal sentido, limitándose a rechazar la acción constitucional intentada por razones meramente formales, de lo que se colige que el pronunciamiento impugnado carece de la debida fundamentación, lo que lo torna en arbitrario, afectando con ello la libertad personal del amparado, en cuanto éste se mantiene sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva sin que exista sustento fáctico ni cautelar alguno para ello.

“Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de diez de marzo de dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, en el Ingreso Corte N° 36-2021, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de amparo deducido en favor de S.H., quedando sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno”.

“Estamos frente a un grave atropello a los derechos esenciales de un usuario medicinal, correctamente acreditado. Resulta inconcebible este empeño del Ministerio Público y las policías por perseguir a los usuarios personales de cannabis, en este caso medicinal. Esto implica un enorme despilfarro de recursos públicos, y un inmenso daño al paciente y su familia, siendo vulnerado su derecho a la privacidad del hogar, el derecho a su honra al ser tratado como un delincuente, y, sobretodo, viéndose vulnerado su derecho a elegir su tratamiento de salud. La ley 20.000 es clara en exceptuar de persecución penal los usos personales, pero se insiste en ignorar la letra de la ley y en aplicarla arbitrariamente. Incluso en la modificación a dicha ley que hoy se discute en el Congreso, se aprobó la indicación que protege aún con más claridad a los usuarios medicinales, al considerar la prescripción médica como justificación suficiente para el autocultivo de cannabis, de no mediar antecedentes de tráfico. Esta absurda persecución de pacientes debe terminar”, dice la activista y directora de Daya, Ana María Gazmuri. “Agradecemos el trabajo constante y comprometido de la Defensoría Penal Pública, particularmente de Claudio Fierro, sin duda un referente internacional en esta materia”, agrega la directora de Daya.

Esperamos que con la pronta aprobación de la Ley Cultivo Seguro, que será puesta en tabla durante las próximas semanas después de dos años sin discutirse y luego de aprobarse con el 88% de la Cámara de Diputadas y Diputados, se terminen estas dramáticas vulneraciones de derechos a los usuarios de cannabis en Chile.